Facua denuncia a las operadoras por aplicar el IVA en las penalizaciones

La Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) establece que no se debe aplicar sobre servicios no prestados, por lo que no es legal que las operadoras de telefonía lo apliquen sobre las penalizaciones.

En la actualidad media docena de compañías (Movistar, Vodafone, Orange, Yoigo, Jazztel y Ono) están incrementando este concepto en un 21%, por lo que Facua las ha denunciado ante la Subdirección General de Impuestos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Las operadoras imponen estas sanciones a los clientes que no respetan un compromiso de permanencia que hubieran adquirido al aceptar una promoción o la subvención de un teléfono móvil u otro dispositivo.

Y la aplican en casos de baja de la línea, portabilidad a otra operadora o cuando el cliente cambia a una tarifa que implica un menor consumo mensual.

Facua recomienda a los afectados a que reclamen a sus respectivas compañías la devolución del IVA que les hubieran sumado a la penalización. En caso de que la compañía se niegue entonces es necesario denunciar los hechos a Hacienda para solicitar el reintegro del importe indebidamente cobrado.

La organización de consumidores recuerda que ya “existen precedentes vinculantes en este asunto, ya que en mayo de 2011 se advirtió que las compañías deben emitir facturas por las penalizaciones, pero no deben contener el IVA”.

Fuente: movilonia

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